Gobierno de Chile - Ministerio del Medio Ambiente

Representatividad de las estaciones

Cada norma de calidad del aire, establece que para efectos de verificar el cumplimiento de las normas de calidad, las mediciones de contaminantes se deberán realizar en estaciones de monitoreo calificadas como de representatividad, ya sea poblacional (en el caso de ser normas primarias) o de recursos naturales (en el caso de ser normas secundarias). Esta calificación se debe realizar mediante Resolución del servicio competente, adjuntando para ello, todos los antecedentes técnicos que permitan verificar y asegurar que las condiciones de emplazamiento y características técnicas de los equipos, cumplen ciertas condiciones que aseguren que las mediciones registradas representan una condición general de la zona que se desea representar y no son reflejo de eventos particulares y aislados (como una industria que impacta directamente sobre la estación y no tiene impacto en toda la población de una ciudad), que alteren las mediciones.